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Títulos de Máster Universitario

Las enseñanzas de Máster Universitario constituyen el Segundo Ciclo de la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales prevista en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades y tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.

Los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos de Máster Universitario tendrán entre 60 y 120 créditos (entre uno y dos cursos académicos).

La oferta de títulos de Máster Universitario en la Universidad de Sevilla es la que a continuación se relaciona:

Acceso a los estudios de Máster

Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.

Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

Admisión a los estudios de Máster

Los estudiantes podrán ser admitidos a un Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, sean propios del título de Máster Universitario o estén establecidos en la memoria de verificación del título.

Entre los requisitos de admisión podrán figurar complementos formativos en algunas disciplinas, en función de la formación previa acreditada por el estudiante. Estos complementos formativos podrán formar parte del Máster siempre que el número total de créditos a cursar no supere los 120.

Conforme a lo previsto en el artículo 18.4 del RD 822/2021, de 28 de septiembre, también podrán ser admitidos alumnos a los que les reste por superar el TFG y como máximo hasta 9 créditos ECTS.

Así mismo, en las titulaciones del ámbito de la Ingeniería y Arquitectura, las Universidades pueden ofertar programas académicos como recorridos sucesivos (P.A.R.S.), que vinculen un título de Grado y un título de Máster Universitario orientado a la especialización profesional, manteniendo su independencia estructural (Disposición Adicional Novena del citado RD). En el siguiente enlace se pueden consultar los aprobados por la Universidad de Sevilla: P.A.R.S.