PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
En el procedimiento negociado la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
La regulación de este procedimiento se encuentra contenida en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que deberán de dar a conocer a los licitadores junto con el de prescripciones técnicas.
Los expedientes serán tramitados por la Sección de Contratación y la adjudicación corresponderá siempre al Rector.
El Centro, Departamento o Servicio interesado iniciará el oportuno expediente de contratación incorporando los siguientes documentos:
| Solicitud | ORDINARIA | |
| Orden de inicio | ORDINARIA | FEDER |
| Pliego de cláusulas administrativas particulares | ||
| Características del contrato | ORDINARIA | FEDER |
| Pliego de prescripciones técnicas | instrucciones | FEDER |
| Certificado de existencia de crédito RC | instrucciones | |
| Ofertas | Instrucciones | |
| Informe de la Comisión Técnica | Modelo | |
| Los expedientes se remiten a | |
| Con carácter general a | Sección de Intervención - Rectorado |
| Con cargo a Investigación | Sección Investigación - Pabellón Brasil |